Av. 2 de Mayo # 516, of. 201 Miraflores - Lima - Perú

Teléfonos: (+51) (01) 739-7618 / +51 991 371 124

¿QUÉ HAGO SI NO RECIBO EL PAGO TRIPLE POR TRABAJAR EN SEMANA SANTA SEGÚN LA LEY PERUANA?

¿QUÉ HAGO SI NO RECIBO EL PAGO TRIPLE POR TRABAJAR EN SEMANA SANTA SEGÚN LA LEY PERUANA?

¿QUÉ HAGO SI NO RECIBO EL PAGO TRIPLE POR TRABAJAR EN SEMANA SANTA SEGÚN LA LEY PERUANA?

Fuente: Diario Gestión 

La Semana Santa está a la vuelta de la esquina y este Jueves 14 y Viernes 15 de Abril es feriado no laborable y sin descanso sustitutorio. ¿Pero qué sucede si trabajas y tu empleador no quiere reconocer el pago triple, a pesar de que estás en planilla? Aquí te contamos qué es lo que tienes que hacer paso por paso.

El jueves 14 y el viernes 15 de abril, todos los trabajadores tienen derecho a gozar de descanso remunerado en ambas fechas, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 713, que dicta las reglas para el pago de los descansos remunerados.

¿CUÁNTO TE DEBEN PAGAR SI TRABAJO EN SEMANA SANTA ESTE 2022?

Si trabajas los días Jueves Santo y Viernes Santo recibirás un pago triple. De acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 713, el trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100%.

Así, los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el Jueves o el Viernes Santo o ambos días, sin descanso sustitutorio posterior (no recuperarán el día trabajado), deben percibir remuneración triple. La medida aplica también para los trabajadores que realizan trabajo remoto.

¿QUÉ PASA SI NO RECIBO MI PAGO TRIPLE POR TRABAJAR LOS FERIADOS DE SEMANA SANTA?

Si tu empleador no cumple con la norma laboral, puedes presentar una denuncia virtual ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), siguiendo los siguiente pasos:

• Ingresar a la página web de la Sunafil: www.gob.pe/sunafil

• Ir a la sección: Orientación, trámites y servicios más visitados.

• Ingresar a: Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada.

• Colocar el número de RUC de la empresa o DNI del empleador (cuando éste es personal natural).

• Colocar a dirección del centro de trabajo a denunciar.

• Colocar datos personales.

• Adjuntar los documentos que sustenten su denuncia (boletas de pago, contrato de trabajo, entre otros). Debes estar escaneados y en formato PDF.

• Consignar tu correo electrónico

• Colocar número de celular personal.

Finalmente, Sunafil le remitirá al correo electrónico registrado en el aplicativo la constancia de presentación de la Solicitud de Inspección.

 

En caso desees realizar alguna consulta laboral o sobre seguridad y salud en el trabajo, así como sobre temas relacionados a las medidas laborales excepcionales, puedes llamar a su línea gratuita 0 800 16872 o ingresar a Sunafil Responde.

¿QUÉ OCURRE SI TRABAJO FERIADO, PERO RECUPERO DESPUÉS EL DÍA?

Los trabajadores que acuerden laborar el Jueves o el Viernes Santo con descanso sustitutorio posterior (que se tomen el día después) perciben doble remuneración diaria: una por el feriado y otra por el trabajo realizado.

¿SI TENGO DESCANSO MÉDICO, ME PAGAN LOS FERIADOS SEMANA SANTA?

Así es. Si estás con descanso médico los días 14 y 15 de abril, que coincide con los primeros 20 días de descanso por salud en el 2022, el empleador deberá pagar los feriados sin haber laborado. En caso el descanso es a partir del día 21, el empleador paga los feriados, no como remuneración sino como subsidio, que son reembolsados por EsSalud.

¿QUÉ PASA SI LOS FERIADOS DE SEMANA SANTA CAEN EL DÍA DE DESCANSO?

Si te toca descansar el 14 y/o 15 de abril, recibirás el doble de la remuneración diaria: una por el descanso semanal y otra por el feriado.